viernes, 3 de junio de 2011

Una de las querellas afirma que la limitación de fechas la excluye de la comparación de los ADN

El abogado Pablo Llonto, querellante en la causa Noble, advirtió que la limitación en las fechas para la comparación de muestras de ADN para determinar si Marcela Noble Herrera es hija de desaparecidos, "excluye" a la familia Lanouscou-Miranda que él representa. Según el letrado, la decisión va a contramano del planteo que alguna vez hiciera Ernestina Herrera, quien había pedido que se comparen los datos genéticos sólo con las dos familias querellantes.

"La limitación que han puesto es mucho más de lo que en un momento de la causa pedía Ernestina Herrera de Noble, porque ella planteaba que se compare con las dos familias querellantes, y a la familia Lanouscou la excluye", explicó Llonto durante una entrevista radial.

Según el letrado, el 3 de septiembre de 1976 el Ejército atacó la casa de la familia Lanouscou Miranda y asesinó al matrimonio de Roberto Lanouscou y Bárbara Miranda y a sus hijos, Roberto de cinco años, Bárbara de cuatro y Matilde de seis meses de edad. La beba -siempre según la misma fuente- había sido secuestrada y la familia sospecha que podría tratarse de Marcela Noble Herrera.

Respecto de las fechas límites para la comparación de muestras, Llonto precisó que la niña "Matilde fue secuestrada el 3 de septiembre del `76 y en el caso de Marcela la fecha (limite de comparación) es 13 de mayo del `76".

Si bien ayer la Cámara Nacional de Casación Penal avaló la extracción sin consentimiento de muestras biológicas a los hijos adoptivos de la directora de Clarín, puso un límite temporal en la comparación con las que se encuentran en el Banco Nacional de Datos Genéticos.

Para Llonto, "la segunda parte del fallo arruina la primera que es muy fuerte" y sostuvo que "el límite es muy corto y caprichoso, tomado de un expediente de adopción inválido". Según Llonto, los jueces "le tienen pánico al grupo Clarín" y agregó que "no entendemos por qué nadie le pone límite al Grupo"

jueves, 2 de junio de 2011

Caso Noble: Casación Penal decide hoy sobre la extracción de sangre

Publicado el 2 de Junio de 2011
Por Gerardo Aranguren
La audiencia será al mediodía en Comodoro Py. Podrán transmitirla en directo todos los canales interesados. Abuelas de Plaza de Mayo convocó a participar de la lectura del fallo y a acompañar el reclamo de verdad y justicia.
 
 
Apartir de las 12, la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal difundirá su decisión sobre la extracción de sangre a Marcela y Felipe Noble Herrera, ordenada hace más de cinco meses por la jueza Sandra Arroyo Salgado. Los jueces Raúl Madueño, Luis García y Guillermo Yacobucci resolverán si confirman o rechazan la decisión de la magistrada  que investiga si los jóvenes fueron apropiados por la dueña de Clarín, Ernestina Herrera de Noble.
La audiencia, que se realizará en la sala Amia de los tribunales de Comodoro Py, será pública y podrá ser trasmitida en directo por aquellos canales de televisión interesados, informaron desde el Tribunal. Mediante un comunicado, Abuelas de Plaza de Mayo, querellante en la causa que ya lleva diez años, convocó a participar de la lectura del fallo y a acompañar en el “reclamo de verdad y justicia”.
La semana pasada, la Cámara escuchó los argumentos de todas las partes sobre la extracción de sangre, saliva o cabellos “con o sin consentimiento” ordenada en diciembre de 2010.“El fallo de primera instancia y la confirmación en la Cámara Federal de San Martín hacen una aplicación acertada del artículo 218 bis, y creemos que la medida es constitucional”, sostuvo el fiscal Raúl Pleé, quien remplazó al cuestionado Juan Martín Romero Victorica.
Los letrados de Marcela y Felipe, Alejandro Carrió y Roxana Piña, cuestionaron la constitucionalidad y legalidad de la medida dispuesta por Arroyo Salgado, por lo que pidieron que se revoque el fallo. Los abogados consideraron que “los derechos de  Marcela y Felipe no han sido tomados en cuenta”, aunque evitaron referirse a los derechos de los familiares y de la sociedad de conocer qué sucedió con las personas desaparecidas durante la última dictadura.
También consideraron “falso” que hayan sido los jóvenes quienes dilataron la causa durante diez años: “Ellos hicieron el ofrecimiento en 2003 para comparar con las dos familias querellantes, fue aceptado por el juez y no sucedió por la apelación de las familias querellantes”, señaló Carrió.
Lo que no dijo Carrió fue luego remarcado luego por Abuelas de Plaza de Mayo, y los abogados Alcira Ríos y Pablo Llonto, quienes representan a las familias García Gualdero y Lanouscou Miranda. Recordaron que el ofrecimiento de los jóvenes fue para realizar el análisis en el cuestionado Cuerpo Médico Forense y no en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) como lo marca la ley, para comparar sólo con las familias querellantes y bajo el pedido de que luego las muestras fueran destruidas.
“La medida es legal, constitucional y se ajusta a los estándares constitucionales. Si, como dicen, no son hijos de desaparecidos no veo razones para que no se realicen el examen. El problema es que hay sobrados elementos para sostener esa hipótesis”, señaló Alan Iud, de Abuelas. El abogado recordó que una medida idéntica a la que cuestionan había sido dispuesta por el juez de instrucción Conrado Bergesio y nunca fue apelada por Marcela y Felipe.
Alcira Ríos hizo un raconto de la historia de la causa y manifestó que “sólo resta que la justicia entienda que hay dos intereses contrapuestos: uno busca verdad, justicia y la liberación de las víctimas y otro la impunidad”. Llonto, por su parte, consideró una “locura” los dichos de Carrió y acusó a  los abogados y al Grupo Clarín de utilizar “a Marcela y Felipe como un escudo para proteger a Ernestina Herrera de Noble”. Destacó además que Felipe hace poco fue padre y que su hija Morita “también es víctima y tiene derecho a conocer quiénes fueron sus abuelos”. “Alguien les tiene que poner un nunca más a las dilaciones, un nunca más a las mentiras, para conocer la verdad de Marcela y Felipe”, finalizó el abogado. 
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Fuente: Tiempo Argentino




El Consejo de la Magistratura tratará el jueves ( por hoy) la citación al camarista Otilio Romano
 
El ex juez Otilio Romano deberá comparecer.
 
En el marco del tratamiento del expediente 372/2010, caratulado “Morales, Elba Lilia c/Dr. Otilio Roque Romano”, proyecto presentado por el abogado Hernán Ordiales, el Consejo de la Magistratura decidió tratar en su orden del próximo jueves 2 de junio la citación al juez Otilio Irineo Roque Romano.
 
 
Finalmente, el Consejo de la Magistratura decidió tratar en su orden del día del jueves 2 de junio la citación al juez Otilio Irineo Roque Romano.

El llamado está relacionado con la presentación que oportunamente se presentó ante ese cuerpo donde se pidió la "destitución y/o remoción" del ex magistrado junto a su colega Luis Francisco Miret.

En ese escrito se hace referencia al "desconocimiento inexcusable del derecho, incumplimiento reiterado de la Constitución Nacional, negligencia grave reiterada y realización de actos de manifiesta arbitrariedad" en el que habría incurrido ambos magistrados durante los años de la última dictadura militar, en los que se desempeñaban en la Justicia Federal como fiscal y juez de instrucción y hoy integran la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Así se desprende de un amplio informe de más de 30 fojas, donde se detallan conductas y pruebas y se pide que "se investigue la posible comisión de delitos de acción pública que habrían sido cometidos en el marco de los crímenes contra la humanidad que se ejecutaron en la Argentina".

Y profundizan el reclamo al asegurar que estos funcionarios judiciales "tenían perfecto conocimiento de las gravísimas violaciones de los derechos humanos de las personas que eran detenidas y puestas a su disposición. Han omitido todo control sobre las fuerzas represivas, han permitido la privación y detención de personas que fueron torturadas, otras violadas, bajo procesos que repugnan el derecho penal".

Agregando más adelante que en su condición de fiscal y juez, Romano y Miret, "tenían amplísimas facultades y poderes para detener, averiguar todas las circunstancias que les fueron puestas en su conocimiento. Pero por el contrario omitieron denunciar lo que se les informaba por los detenidos y sólo se preocuparon por la persecución penal contra las personas detenidas...".

También se pone el ejemplo del abogado penalista Efraín Quevedo Mendoza, que en aquel tiempo debió renunciar a una defensa ante la "imposibilidad de tomar contacto con sus representados", en razón de las disposiciones vigentes en la penitenciaria provincial donde estaban alojados y "las instrucciones impartidas por el Juzgado, lo cual hace imposible el debido ejercicio de la defensa técnica".

Más adelante se hace mención a torturas, golpes, incomunicaciones que recibieron algunos detenidos, uno de ellos aún desaparecido y el caso de una menor, que fue "paseada" por distintas dependencias y que terminó siendo "indebidamente incomunicada, lo que facilitó su violación y tortura".

La presentación lleva la firma, de María del Carmen Gil de Camín y Elba Morales, apoderados del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, Regional Mendoza, con el patrocinio legal de los profesionales Pablo Gabriel Salinas, Viviana Laura Beigel, Alfredo Guevara Escayola, Carlos Varela y Diego Lavado.
 

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